Careo

CONCEPTO

El careo es un acto procesal cuyo objeto es el de aclara los aspectos contradictorios de las declaraciones del procesado ofendido y de los testigos entre si para con ello estar en laposibilidad de valorar esos medios de prueba y llegar al conocimiento de la verdad

NATURALEZA JURIDICA

El careo ha sido considerado desde un doble aspecto como garantía constitucional para elprocesado y como medio de prueba

El careo en su aspecto de garantía constitucional difiere del careo procesal, en cuanto el primero tiene por objeto que el reo vea y conozca a las personas que declaranen su contra, para que no se puedan forjar artificialmente, testimonios en su perjuicio y para darle ocasión de hacerles las preguntas que estime pertinentes en su defensa; y el segundo persigue comofin aclarar los puntos de contradicción que hay en las declaraciones respectivas

CLASIFICACION

El careo constitucional lo debemos entender en términos de lo que señala el artículo 20 de laconstitución fracción IV, se admite a efecto de ser careado en presencia del juez con quienes depongan en su contra, siempre y cuando medie solicitud del inculpado. Lo cual significa que el careoconstitucional, sólo se practicará si el inculpado lo está solicitando eliminándose la práctica de que el juzgador de oficio debiese practicar careos aun sin mediar solicitud a efecto de no violentar lagarantía contenida en el precepto constitucional.
El careo procesal deriva de lo establecido por el Código Federal de Procedimientos Penales, los cuales deberán practicarse cuando existan contradiccionesen las declaraciones de dos personas, pudiendo repetirse cuando el tribunal lo estime oportuno o cuando surjan nuevos puntos de contradicción. (Art. 210 código procesal penal para el estado de México)En caso de que no sea posible obtener la comparecencia de alguno de los que deban ser careados, se practica el careo supletorio, leyéndose al presente la declaración del otro y haciéndole notar…